tag:blogger.com,1999:blog-9836236.post110554998326518334..comments2023-06-22T17:04:45.306+02:00Comments on Crónicas romanas del siglo xxi: Cuando fumar ya no es un "status"mardevientoshttp://www.blogger.com/profile/03992911390945909580noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-9836236.post-1105588620131937202005-01-13T04:57:00.000+01:002005-01-13T04:57:00.000+01:00Yo lo único que he dicho, es que en argentna las l...Yo lo único que he dicho, es que en argentna las leyes están, el problema es que no se cumplen y no se hacen cumplir. Pero yo me pregunto, ¿que vamos a cumplir la ley si los de arriba no la cumplen?.<br />Otro tema. No se trata solamente de respetar y proteger a los fumadores pasivos, se trata de hacer un mundo con lugar para todos, donde haya espacio para todos y donde se respeten los derechos de todos.Cadena Bloghttps://www.blogger.com/profile/01767283118048368606noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-9836236.post-1105578730396874162005-01-13T02:12:00.000+01:002005-01-13T02:12:00.000+01:00emmm...ya lo dijo todo el vago de arriba.
yo fumo,...emmm...ya lo dijo todo el vago de arriba.<br />yo fumo, pero que se yo...no me molestaria salir de algun lugar o hacerlo en un sitio que este para fumar mis marlboros de todos los dias.<br />pero esta bien, es como dijo el premier italiano, la medida no es restrictiva a los fumadores, solo se trata de proteger a los fumadores pasivos (niños y embarazadas) <br />:)Efrahttps://www.blogger.com/profile/16031613340137996214noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-9836236.post-1105564637218042692005-01-12T22:17:00.000+01:002005-01-12T22:17:00.000+01:00Te cuento que dichas leyes ya existen, tanto en Có...Te cuento que dichas leyes ya existen, tanto en Córdoba como a nivel nacional. A continuación hago una transcripción.<br />A pocos días de aprobarse en la Asamblea de la Organización Mundial de la Salud, a fines de Mayo 2003, el Primer Convenio Internacional de Lucha contra el Tabaquismo, se aprobó en Córdoba un proyecto de ley en consonancia con las disposiciones de ese tratado.<br /><br />La nueva ley, “Programa Provincial Permanente de Prevención y Control del tabaquismo” contempla restricciones específicas para la publicidad, comercialización del producto en lugares públicos y sanciones severas para quienes contravengan la nueva legislación, entre otras normas. <br /><br />Hace referencia y complementa los alcances de la ley provincial 7.827 de la Provincia de Córdoba que prohíbe fumar en dependencias públicas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Provincial, entes autárquicos descentralizados y mixtos. Prohíbe fumar en transportes de pasajeros de corta, media y larga distancia. También perfecciona la LEY 23.344 de la Nación, que en su artículo 2 establece que "La publicidad de tabacos, cigarrillos u otros productos destinados a fumar se sujetarán a las siguientes limitaciones no se practicará en radio y televisión entre las ocho (8) y las veintidós (22) horas de cada día". Y que legisla sobre restricciones en la publicidad y promoción de tabacos, cigarrillos, cigarros y todo otro producto destinado a fumar. Determina en el artículo 1 la obligación de exhibir la leyenda "EL FUMAR ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD", en los envases de comercialización de dichos productos.<br /><br />Se ha mostrado como la "ley que prohibe la venta de cigarrillos a menores de 18 años en toda la provincia", pero esto es solamente el artículo 5º referido a comercialización. Además en sus siete capítulos con veinte artículos establece diversas normas:<br /><br />Dispone prevenir y controlar el consumo y el expendio de tabaco y otros productos para fumar. Establece ls prohibición de la comercialización y distribución de productos de uso o consumo de niños y adolescentes que por su denominación, formato o envase constituyan una evidente inducción a generar o difundir el hábito de fumar, como serían golosinas en forma de cigarrillos.<br /><br />No permite la venta de cigarrillos en todos los edificios que dependan de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la provincia y en todas las jurisdicciones que se adhieran a estas medidas.<br /><br />La administración provincial deberá realizar campañas de información y esclarecimiento en establecimientos educacionales públicos y privados, acerca de los riesgos que implica el consumo del tabaco, promoviendo estilos de vida y conductas saludables, orientando principalmente a fomentar nuevas generaciones de no fumadores.<br /><br />Se impulsará la realización de convenios con los organismos competentes de las Universidades Públicas o Privadas, para promover en sus respectivos ámbitos, la enseñanza del contenido de los programas de prevención.<br /><br />Ejecución de investigaciones y estudios que permitan evaluar la eficiencia, eficacia, progreso, suficiencia y resultados estadísticos del Programa, que posibiliten su perfeccionamiento. También establece la formulación de programas de asistencia gratuita para las personas adictas al tabaco, interesadas en dejar de fumar, facilitando su rehabilitación.<br /><br />En lo relativo a la publicidad de los cigarrillos la ley se ajusta a las disposiciones del Artículo 2º de la Ley Nacional Nº 23.344, que impide difundir publicidad en radio y televisión entre las 8 y 22 horas. Y agrega la prohibición de publicidad que asocie el hábito de fumar con el mayor rendimiento deportivo, publicidad en centros y dependencias de la Administración Pública y la promoción de cigarrillos en lugares de recreación, en plazas, parques o espacios abiertos, ferias, exposiciones, certámenes y eventos deportivos y la distribución gratuita de muestras de productos para fumar.<br /><br />En cuanto a la protección de quienes no fuman establece que prohibe fumar en dependencias públicas, lo que se hará extensivo al ámbito privado cuando se trate de lugares cerrados, de acceso al público, como centros de atención social, salas de teatro, cine y eventos deportivos en estadios cerrados. Y que en caso de conflicto, en todos aquellos lugares cerrados de acceso al público, prevalecerá siempre el derecho a la salud de los no fumadores, sobre el derecho de los fumadores a fumar.<br /><br />La sanciones fijan multas y clausuras de comercios en caso de contravenciones a la nueva ley.Ahora, se aguarda la pronta reglamentación de la nueva ley, a los efectos de su aplicación efectiva.<br /><br />Este es un gran paso en la prevención y control del tabaquismo, que debe completarse en el futuro con la prohibición completa de la publicidad, promoción y patrocinio de los cigarrillos y otros productos del tabaco.<br />PD: agregaré tu blog a mis sitios favoritos, porque me parece muy interesante.Cadena Bloghttps://www.blogger.com/profile/01767283118048368606noreply@blogger.com